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domingo, 31 de julio de 2011

Ley de vivienda y hábitat


Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat: viviendas dignas para todos los venezolanos

La Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat garantiza el derecho de los venezolanos a acceder a las políticas, planes y proyectos que el Estado desarrolle en esta materia, dando prioridad a las familias de escasos recursos y a otros ciudadanos que requieran de atención especial.

Como paso fundamental para la dignificación de la vida de todos los venezolanos, la Asamblea Nacional aprobó la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, instrumento jurídico que permitirá crear el ambiente propicio para disminuir el déficit habitacional. La creación de esta ley responde a la iniciativa de los parlamentarios pertenecientes al Bloque del Cambio que apoyan el proceso revolucionario liderado por el presidente de la República. 

   
En Venezuela, el déficit habitacional es consecuencia de varios factores:• Debilitamiento y descoordinación de las instituciones públicas responsables del desarrollo urbano. Este factor ha conducido a un proceso de deterioro de la calidad de vida y del espacio urbano de nuestras ciudades, que se ha traducido en deficiencias en la dotación y cobertura de los servicios de infraestructura y de equipamiento urbano, la vialidad y el transporte urbano y en la calidad y asequibilidad a la vivienda.
• Falta de continuidad en la formulación y aplicación de políticas y planes de vivienda de corto, mediano y largo plazo. Las políticas de vivienda son consideradas como programas de obras y las actuaciones de los organismos públicos se limitan a la ejecución de programas político-partidistas y a establecer relaciones clientelares.
• Limitaciones de recursos financieros públicos, la magnitud de las necesidades de vivienda de las familias de menores ingresos, el deterioro del ingreso real de estas familias y su baja capacidad de ahorro.
• No implementación de instrumentos de participación de las comunidades organizadas para la solución de sus problemas habitacionales.
• Escasez y poco éxito de las políticas de adquisición y habilitación de tierras. No hubo una ordenación de la oferta de suelo urbano y los mecanismos de expropiación son casi impracticables por las demoras procesales y los costos de indemnización resultantes.
• Reducción de la capacidad de respuesta del sector privado, como resultado de la quiebra y/o cierre de numerosas empresas dedicadas a la construcción.




Protección a Sectores Vulnerables
La Ley Orgánica de Vivienda y Hábitat establece un grupo de poblaciones prioritarias a ser beneficiadas en el corto y mediano plazo. De esta forma se pretende llegar a los estratos de la población más necesitados y eliminar el carácter regresivo del sistema de crédito habitacional. Entre estas colectividades antes mencionadas destacan:

1. Las comunidades indígenas;
2. los damnificados, independientemente de sus niveles de ingresos;
3. las ciudadanas y ciudadanos mayores de sesenta años de edad;
4. las mujeres solas, que ejerzan la jefatura de familia y
5. las ciudadanas, ciudadanos y familias con ingresos menores a 14 salarios mínimos.


http://www.youtube.com/watch?v=NrkCRfJMzDI